Cerca de un millón de euros en bonificaciones fiscales a lo largo de 2020
Dentro de las distintas líneas que ejecuta el equipo de Gobierno municipal con el fin de fomentar tanto el desarrollo económico y social, hay una línea específica desde la Concejalía de Hacienda con distintas bonificaciones a disposición de la ciudadanía marteña gracias a la cual se han bonificado cerca de un millón de euros a lo largo de 2020..
Con el fin de dar a conocer estas bonificaciones, el alcalde, Víctor Torres, ha detallado que se pueden solicitar hasta el día 15 de febrero de 2021 la bonificación de la cuota íntegra del impuesto sobre bienes inmuebles respecto de aquellos inmuebles de uso residencial que constituyan la residencia habitual, los sujetos pasivos del impuesto que ostenten la condición de titulares de familia numerosa el día 1 de enero del ejercicio para el cual se solicita dicho beneficio fiscal. En concreto, en 2020 un total de 42 familias pudo beneficiarse de esta bonificación que ascendió en global a 2.707,32 euros.
Hasta el 15 de febrero está también abierto el plazo para acogerse a la bonificación del 90 por 100 de la cuota íntegra del impuesto sobre bienes inmuebles, previa solicitud de la misma por el sujeto pasivo, los bienes inmuebles urbanos que se hallen ubicados en los anejos de nuestro municipio. Aquellos obligados tributarios que ya disfrutasen de dicha bonificación no es necesario que lo soliciten. El alcalde ha especificado que 305 personas se han beneficiado por un total de 49.800,74 euros.
Torres Caballero ha detallado que se pueden solicitar hasta el día 31 de marzo de 2021 la reducción de la tasa de agua para los sujetos pasivos de la tasa que siendo titulares del servicio prestado, según el contrato de suministro formalizado con la empresa concesionaria, ostenten la condición de titulares de familia numerosa, cuyo suministro se preste en su vivienda habitual y la misma se encuentre ubicada en el casco antiguo delimitado por el PGOU que tributen por viviendas. En 2020, 19 familias se han acogido a esta bonificaicón.
De igual modo se encuentra la reducción en la tasa basura para los sujetos pasivos de la tasa que siendo titulares del servicio prestado ostenten la condición de titulares de familia numerosa, cuyo servicio se preste en su vivienda habitual y la misma se encuentre ubicada en el casco antiguo delimitado por el PGOU que tributen por viviendas particulares.
CALENDARIO FISCAL
Con respecto al calendario fiscal de este año, hay que tener en cuenta que el plazo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se abre desde el 15 de febrero hasta el 20 de abril de 2021. Los recibos de titulares que tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente el día 20 de abril de 2021, es decir, último día del vencimiento del plazo voluntario de pago.
Las tasas de entrada de vehículos a la propiedad privada (cocheras) se pueden abonar desde el 15 de febrero hasta el 20 de abril de 2021. Los recibos de titulares que tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente el día 20 de abril de 2021, es decir, último día del vencimiento del plazo voluntario de pago.
El primer plazo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, que contempla el 50% de la cuota, empieza el 1 de abril y concluye el 4 de junio de 2021. Los recibos de titulares que tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente el día 4 de junio de 2021, es decir, último día del vencimiento del plazo voluntario de pago.
El segundo plazo, con el 50% restante de la cuota, es desde el 24 de agosto hasta el 26 de octubre de 2021. Los recibos de titulares que tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente el día 26 de octubre de 2021, es decir, último día del vencimiento del plazo voluntario de pago.
El periodo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica abarca desde el 24 de agosto hasta el 26 de octubre de 2021. Los recibos cuyos titulares tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente el día 26 de octubre de 2021, es decir, último día del vencimiento del plazo voluntario de pago.
Finalmente, el Impuesto sobre Actividades Económicas es desde el 24 de agosto hasta el 26 de octubre de 2021. Los recibos cuyos titulares tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente el día 26 de octubre de 2021, es decir, último día del vencimiento del plazo voluntario de pago.
DOMICILIACIONES
Las personas obligadas al pago pueden solicitar la domiciliación de tributos periódicos y liquidaciones en la cuenta de la que sean titulares o en la de otro titular que no siendo el obligado autorice el pago. La domiciliación se habrá de ajustar a los siguientes requisitos:
- Los recibos de cobro periódico podrán domiciliarse hasta 2 meses antes del inicio del período voluntario de cobro. Las liquidaciones podrán domiciliarse hasta el último día del vencimiento del período voluntario. Son 40.297 los recibos domiciliados que han recibido una bonificación total de 129.110,57 euros
- La solicitud de domiciliación podrá formalizarse de los modos siguientes: mediante comunicación a las entidades financieras colaboradoras señaladas en los recibos y liquidaciones; mediante la presentación del impreso facilitado al efecto por el Ayuntamiento de Martos, y, mediante comunicación vía correo, fax o en la página www.martos.es.
No obstante, se admitirán por el Servicio Municipal de Gestión y Recaudación la formalización de domiciliaciones hasta la semana anterior al inicio del periodo de cobro, siempre que el proceso de gestión y elaboración del padrón así lo permita.
Las domiciliaciones de los recibos de cobro periódico tendrán una validez indefinida, mientras el ordenante no indique su anulación o traslado a otra cuenta o entidad y lo ponga en conocimiento del Ayuntamiento de Martos; sean rechazadas por la entidad de crédito o la administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. Se entiende que existen razones justificadas cuando por parte del obligado al pago se proceda a la devolución de un tributo. En el último caso, la Administración deberá notificar el acuerdo por el que se declare la invalidez a la persona obligada al pago y a la entidad colaboradora.
Es importante recordar que los obligados tributarios que domicilien en una entidad de crédito y ahorro el pago de los tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, gozarán de una bonificación del 3% en la cuota de dichos tributos. Esta bonificación sólo alcanzará a aquellos tributos que no sean devueltos por las entidades de crédito y ahorro. A través de este método, en 2020 se han realizado 144 pagos que han recibido una bonificación total de 541,48 euros.
Para concluir, el alcalde ha recordado la iniciativa puesta en marcha para habilitar un nuevo servicio de comunicación por correo electrónico de los impuestos, con lo que cualquier persona que quiera recibir sus recibos por correo electrónico solo tiene que darse de alta en este servicio de comunicación rellenando una solicitud en el Registro del Ayuntamiento.
Martos, 25 de enero de 2021