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Ampliación de horarios de establecimientos durante las Fiestas Navideñas

Visto el Anexo III de la Ordenanza Municipal reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y EPEs vinculadas a Establecimientos de Hostelería, Ocio y Esparcimiento (BOP núm. 164, de 27 de agosto de 2021).

"…El Excmo. Ayuntamiento en virtud de las facultades municipales en materia de horarios de apertura y de cierre de establecimientos públicos, además de las fechas establecidas en el artículo 23 del Decreto 155/2018, de 31 de julio, podrá aprobar, mediante Anexo a incluir en esta Ordenanza, las fiestas locales y de carácter tradicional del municipio de forma anual la ampliación, con carácter excepcional y celebración de actividades festivas populares o tradicionales, con un máximo de 20 días naturales al año, Semana Santa, entendido desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos inclusive, y Navidad, con el período comprendido entre el 22 de diciembre y el 6 de enero, ambos inclusive, y debiendo ser comunicadas a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén y a la Subdelegación del Gobierno en Jaén, al menos con una antelación de 7 días hábiles a la fecha que surtan efectos."

Por su parte, el artículo 23 del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre establece que:

“3. A los efectos de este Decreto se entenderá por Navidad el período comprendido entre el 22 de diciembre y el 6 de enero, ambos inclusive, y por Semana Santa desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos inclusive. En ambos supuestos, la ampliación autorizada no podrá superar en dos horas los horarios generales de cierre de los establecimientos públicos…”.

Considerando la potestad de avocación de las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local en casos de extraordinaria y urgente necesidad que corresponde a esta Alcaldía de conformidad con el apartado 5º de la Resolución 1335/2023, de fecha 22 de Junio, 

H E   R E S U E L T O

Primero.- La ampliación tendrá efecto desde el período comprendido entre el 22 de diciembre de 2023 y el 6 de enero de 2024, incluido en su horario nocturno, la ampliación de dos horas de los horarios generales de cierre de los establecimientos públicos.

Segundo.- Comunicar dicho acuerdo con carácter de urgencia a la Delegación del Gobierno en Jaén y la Subdelegación del Gobierno de España en Jaén.

Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo a ASEM y la Jefatura de la Policía Local, para su conocimiento y a los efectos oportunos.

 

Martos, 19 de diciembre 2023